2011/01/09

Alquileres seguros, de nuevo

No es el primer artículo que escribo sobre este tema. Ya hablé del Plan Alquila de la Comunidad de Madrid, y también del PNAG (y por extensión, de Arrenta). De los segundos, el tiempo va dando muestras de que, siendo suaves, resultan poco eficaces. Y el Plan Alquila, la pega que tiene, es que resulta poco viable por lo incómodo (ambos posts tienen unos cuantos comentarios que apoyan esto).

Recientemente he alquilado piso; el inquilino (que ya había mostrado su interés en el piso dando señal) presentó sus papeles, y le dijeron que le darían respuesta en unos 25 días. O sea, que de la gente que va a ver tu piso eliges al que te cuadra (descartando a los demás), que probablemente quiere entrar cuanto antes. Y claro, le dices eso, se busca otro piso, y te quedas a dos velas.

Como solución intermedia hemos firmado un contrato por 2 meses y luego veremos. En este contrato, el inquilino declara no figurar en registros de morosos, y que la CAM acepte la documentación implica que pasa su filtro en cuanto a ingresos sobre precio del piso. Raro será que haya pegas.

He visto hace poco otras dos empresas que han tomado el testigo y ofrecen algo similar. La primera es Tranquiler: búsqueda y evaluación de inquilinos, seguro de impagos, elaboración de contrato y asistencia jurídica, inventario, gestión de reformas... Todo ello, salvo matices, por un precio mensual menor del 8% de la renta. Alquiler seguro parece ofrecer similar servicio, aunque su web resulta menos transparente y termina llevándote a contactar con un comercial. Tiene incluso un cierto aire de "vende-motos". Quiero suponer que, en cualquier caso, dado que sus ingresos dependen de tener clientes, ambas correrán un poco más que la Comunidad.

Buscando información he visto también que la SPAVIV recupera un sistema similar a uno ya usado hace años, y que en cierto modo echaba de menos. Las empresas anteriores "garantizan" el cobro de renta, pero son las aseguradoras las que realmente pagan si es necesario, y con un mes de carencia. Ninguna se implica "personalmente".

Lo que veo ahora en la Sociedad Pública de Alquiler es distinto. Es la Sociedad quien paga la renta al arrendador, incluso si el inquilino deja de pagar o abandona la vivienda sin resolución de contrato. Y cuando éste se va, se responsabiliza de dejar la vivienda como estaba al principio (el Plan Alquila puede hacer constar las deficiencias de la vivienda, pero no las arreglará). No llego a tener claro si el arrendatario firma un contrato con la Sociedad o con el inquilino, aunque será la primera la que pague. También actúa como intermediaria, ya que el inquilino se dirigirá a ella en primera instancia para cualquier reclamación.

¿La pega? La Sociedad determinará cuál es la parte del precio cobrado que abonará al propietario, tras detraer la parte que considere para cubrir el coste de los servicios ofrecidos. Hay una serie de detalles que no aparecen (de hecho, muchas de las pestañas de la web aparecen "en construcción"). Y como siempre, el problema de los plazos. Dudo que tengan exclusividad, pero la visita de su técnico cuesta 30€, que se recuperarían al formalizar el contrato después. Si el precio que cobran es igual o ligeramente mayor al de un seguro, puede ser buena opción.

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