2008/12/06

Arbitrajes: por fin los medios miran por sí mismos

Hace medio año escribí un post acerca de las distintas posibilidades de "atar" un arrendamiento, para que en caso de topar con un inquilino indeseable tuviéramos alguna facilidad de librarnos de él.

Entre ellas, me centraba en las distintas soluciones de arbitraje (principalmente PNAG, de la Corte de Arbitraje, y el producto equivalente de AEADE), consistentes en adjuntar al contrato de arrendamiento un anexo, que obliga a las partes a renunciar a la vía judicial y someterse a arbitraje en caso de conflicto. Este anexo tiene un coste pequeño, y establece unas condiciones con las que se podrá acceder a ese arbitraje en caso de que sea necesario.

Me quejaba de la poca información objetiva disponible. Todo teorías que, al igual que yo elaboré, también planteaba otra gente. Ya en ese momento hacía casi un año que había recogido información del PNAG, así que incluso para llegar ahí hizo falta tiempo.

Hoy, por primera vez, veo que en su edición de ayer El País habla de arbitraje. Y no se limita a propagar el mensaje de las empresas que comercializan estos productos, sino que ofrece algo más. Y las conclusiones a las que llega son similares. Huele raro cómo se venden, dando la impresión de que se trata de algún organismo oficial. Ayer mismo (vuelvo a buscar inquilinos) una agencia me ofrecía el PNAG, "un arbitraje de la Comunidad de Madrid". Le expliqué, y me dijo que agradecía la explicación, que desconocía que no fuera así. Lo que no sé es si son los del PNAG los que venden la moto, o es la agencia la que se hace la sorprendida.

Lo más interesante es que ya hay algunos casos en los que se ha recurrido al arbitraje. Y hay de todo. Los casos más favorables son aquellos en los cuales el inquilino, al ver el laudo, decide irse. Pagar meses pendientes y gastos de suministros... eso es ya más difícil.

El laudo, en principio, no tiene más fuerza. Si el inquilino no hace ningún caso, sólo nos queda la justicia ordinaria. Con la ventaja, eso sí, de que no hay que pasar todos los trámites de juicios, recursos, etc. Si el laudo vale (alguno ha sido anulado), se puede pasar a ejecutar directamente.

En resumen: no es que sea tan malo, pero tampoco es tan bueno como nos lo pintan. El problema es que, a la hora de firmar, no hay dónde conseguir información. Mucho ojo...

No hay comentarios: